¿Por qué una asociación sin ánimo de lucro tiene que cumplir con la LOPD?

Cada asociación tiene la obligación de cumplir con la L.O. 1/2022, del Derecho de Asociación y, además, con la LOPD (Ley 3/2018) y con el Reglamento General de Protección de Datos.

Pero, ¿cuáles son sus obligaciones?

Debe tener siempre actualizado un documento llamado «Registro de Actividades de Tratamiento de Datos Personales», el cual debe estar a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos y tiene que contener lo siguiente:

  • Base jurídica que legitima el tratamiento
  • Fines del tratamiento
  • Colectivo de personas destinatarias
  • Categorías y tipos de datos que se tratan
  • Categorías de personas destinatarias a las que se les pueden comunicar datos personales
  • Transferencias internaciones
  • Plazos de supresión de los datos personales
  • Medidas de seguridad aplicables

Dentro de este Registro, debemos tener en cuenta y añadir todo lo relacionado con los proveedores, la responsabilidad activa, las personas trabajadoras de la entidad, personas asociadas, voluntariado y junta directiva, así como los procedimientos y accesos a la información de estos.

Cada persona que forme parte de nuestra asociación de una u otra manera, deberá cumplimentar aquellos documentos específicos sobre la LOPD y disponer de la suficiente información en base a su cumplimiento.

 

¿Cómo saber si una asociación tiene la obligación de cumplir con la LOPD?

Todas las asociaciones sin ánimo de lucro, desde el momento de creación y comienzo a captación de personas asociadas, disponer de proveedores, voluntariado, etc. deberá cumplir de manera íntegra con la LOPD.

 

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